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Cuánto hay que pagar a Hacienda por el Plan PIVE

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Cuánto hay que pagar a Hacienda por el Plan PIVE
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¿Tienes un coche nuevo desde el 2014? Si es así y además te has acogido al Plan PIVE, es hora de calcular cuánto tendrás que pagar al Estado por la ayuda prestada.

vehículos ocasiónA la hora de acogerse a las ayudas del Gobierno a la compra de coches nuevos hay que tener en cuenta varios aspectos. Uno de los más importantes es que para todas aquellas personas que no realizan actividades económicas estas ayudas se consideran una ganancia patrimonial, lo que significa que no están exentas de pagar el Impuesto de la Renta. Por este motivo hay que pagar a Hacienda en las siguientes declaraciones de la Renta entre un 24,75 % y un 52 % de la ayuda aportada.

Debes recordar que lo que tributa en el Impuesto de la Renta de las Personas Físicas es la ayuda pública de 1.000 euros proporcionada por el IDEA (Instituto pata la Diversificación y Ahorro de la Energía) y nunca los aportados por la marca, así como ningún otro posible descuento que se pudiera haber añadido en el propio concesionario.

Pero, ¿cuánto tributan esos 1.000 euros de ayuda del Gobierno? Pues, en realidad, el importe a pagar va en función de tu sueldo bruto anual en tramos que oscilan entre los 12.000 euros y los más de 300.000 euros. En el primer caso, se abonará un 24,75 % de la ayuda y en el segundo el 52 %  de retención, lo que en se traduce en 247,5 y 520 euros respectivamente.

Por otra parte, la Asociación Nacional de Vendedores de Vehículo a Motor ha publicado un informe donde se detallan cuáles son las Comunidades Autónomas en las que más ayudas del Plan PIVE se solicitan. En primer lugar en la lista se encuentra Madrid, con un 15,9%, seguida de Andalucía con un 14,7%, y de Cataluña con un 14,2%. Los tres últimos lugares los ocupan Navarra, Cantabria y La Rioja.

En conclusión, si te has beneficiado de estas ayudas durante el 2014 no te puedes olvidar de incluirlo en la casilla de ‘‘Otras ganancias y/o pérdidas patrimoniales imputables a 2014: importe ganancias’’ que encontrarás en la declaración que realices este 2015 y cuyo plazo finaliza el 30 de junio.

Es muy importante que recuerdes que aunque por tu sueldo bruto anual no estés obligado a hacer la declaración al beneficiarte del Plan PIVE sí estarás obligado a hacerla.

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