A veces al comprar coche ocasión nos fijamos más en la estética o las modas que en los gastos que va a implicar nuestro nuevo compañero, pocas veces se piensa en los impuestos que supone esta adquisición, tanto en el momento de la compra, como a posteriori. Al igual que es interesante calcular los gastos en gasoil o gasolina para escoger la mejor opción, saber a qué impuestos vamos a tener que hacer frente nos ayudará a que la decisión de compra sea más racional.
Impuestos en la compra de un coche nuevo
Si compramos un coche nuevo, tendremos que hacer frente al IVA y al Impuesto de Matriculación (denominado en la ley Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte).
Actualmente el IVA es del 21%, excepto en el caso de vehículos adaptados para discapacitados (y para uso exclusivo de estos), que se paga el 4%. En este impuesto poco se puede hacer para ahorrar, la clave es únicamente intentar buscar el mejor precio.
En cuanto al comúnmente conocido como Impuesto de Matriculación, sí que varía según el coche que compremos, el tipo impositivo va desde el 0 al casi 15%, dependiendo de las emisiones de CO2 del mismo. Los vehículos de menos de 120 g/km de emisiones tributan a tipo 0. En este caso comprar un coche eléctrico, híbrido o menos potente puede compensarte. Los vehículos para discapacitados están exentos de este impuesto.
Impuestos en la compra de un coche de segunda mano
Si te decides por un coche de ocasión y lo compras en un concesionario, también debes abonar el IVA. Si por el contrario compras a un particular, además de los costes de cambio de titular, debes hacer frente al Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales, que variará según la Comunidad Autónoma.
Impuestos periódicos
Además de los ya comentados, periódicamente deberemos hacer frente al conocido como Impuesto de Circulación y al Impuesto de Hidrocarburos cada vez que pasamos por la gasolinera.
Finalmente, los coches deben declararse en el Impuesto de Patrimonio (aunque actualmente está bonificado), las ventas deben declararse en el IRPF como una ganancia patrimonial y si en la compra recibes alguna ayuda como el Plan PIVE es obligatorio hacer la renta y declararla en la misma.