Seguro que muchas veces temes que el radar que acabas de pasar te pueda haber pillado, sobre todo si acabas de comprar coche y aún no te has hecho a él. Hoy te contaremos la velocidad a la que puedes ir para evitar multas indeseadas. Desde hace un tiempo la DGT ha unificado el margen de sus radares, para que todos salten a la misma velocidad. Esto ha facilitado mucho las cosas, ya que antes cada aparato tenía su propio rango.
Siempre que circulemos por carreteras que estén limitadas por debajo de los 100 km/h, la velocidad a la que saltarán los radares se puede calcular fácilmente sumándole 7 km/h a la máxima marcada por las señales. Por ejemplo, en las típicas carreteras limitadas a 50, los radares nos multarán si conducimos a 58 km/h o más. En caso de que la carretera esté limitada a 90, la multa nos llegará si circulamos a 98 km/h o más.
Para las carreteras en las que la velocidad máxima es mayor de 100 km/h la cosa cambia un poco. En este caso el límite que no debemos superar es del 7% de la velocidad máxima permitida. Es decir, en el caso de que la carretera esté limitada a 100, nunca podremos superar los 107,7 km/h si no queremos llevarnos una mala sorpresa. En el caso de las carreteras limitadas a 120 km/h las multas comenzarán a partir de los 128,4 km/h.
Estas velocidades máximas no se aplican a los radares de tramo. Estos nuevos dispositivos registran nuestra hora de entrada en la zona controlada y la de salida. A partir de estos datos calculan nuestra velocidad media para saber si hemos respetado las limitaciones.
Otros de los radares que tampoco siguen estos criterios son los colocados por organismos distintos a la DGT como pueden ser los ayuntamientos. En este caso pueden marcar otros límites, que siempre tendrán que considerar el margen de error que tienen sus radares.
Ahora que ya sabes la velocidad a la que saltan los radares, solo debes respetar los límites para no llevarte ningún susto.