No hace mucho se pensaba que una multa en el extranjero, concretamente en la Unión Europea, nunca llegaba a casa. ¡Error! Muchos conductores que han sido multados en países de la UE ya han comenzado a recibir las sanciones impuestas y la reclamación de las correspondientes cuantías.
Y es que con la nueva Normativa de Circulación (2015/413) de la Unión Europea, eso de saltarse los peajes y otras faltas, se ha acabado. Esta normativa busca facilitar el intercambio fronterizo de información sobre aquellas infracciones de tráfico en materia de seguridad vial. En todos los países de la UE salvo Reino Unido, Irlanda y Dinamarca se podrá acceder al registro de los vehículos de otros países.
En torno al 5% de los conductores que circulan por España son extranjeros y lo que es peor, entre un 10% y un 30% de ellos se saltan las normas de circulación de la Dirección General de Tráfico.
Pero lo que realmente te interesa es ¿por qué nos podrán multar en el extranjero? Veamos:
– Exceso de velocidad.
– El no uso del cinturón de seguridad.
– No detenerse ante un semáforo en rojo.
– Conducir bajo los efectos del alcohol.
– Conducir bajo los efectos de las drogas.
– El no uso de casco de protección.
– Circular por un carril prohibido.
– Utilización del teléfono móvil mientras se conduce.
Si aún te quedan dudas, puedes informarte sobre las normas de seguridad vial en cada país con la aplicación de la Comisión Europea: “Viajar al extranjero” donde se refleja información que los propios países envían.
Es recomendable que te “empapes” un poco sobre la forma de conducir en países extranjeros a los que vayas a viajar. Por ejemplo, en Francia no se suelen utilizar los intermitentes al cambiar de carril y se circula a mayor velocidad que en España. Tampoco estaría mal usar navegadores siempre y aprenderse el vocabulario básico para defenderse al pagar un peaje o contestar a un policía.