Un comunicado del ministerio ha revolucionado las redes y las secciones de noticias de muchos medios. Esta mañana podíamos leer en varios titulares que la utilización de los servicios de coche compartido, como por ejemplo Blablacar, podría acarrear multas de hasta 600 euros.
Noticia asombrosa, sobre todo debido al fomento por parte del gobierno del uso del transporte público o de los carriles VAO con el objetivo de reducir la contaminación. Sin embargo, la respuesta de la plataforma Blablacar no se ha hecho esperar y era ella misma la que desmentía que el comunicado del ministerio fuese aplicable al servicio que ofrecen.
A estas alturas puede que te encuentres algo perdido, ¿qué es y qué no es legal? Pues bien, el comunicado del ministerio afirma que “es necesaria autorización para el transporte de viajeros en turismos por cuenta ajena mediante retribución económica” y aquí está el truco, Blablacar y la mayoría de servicios compartidos del estilo no obtienen retribución económica, sino que comparten gastos.
Empresas como Uber si se verán afectadas por esta medida, puesto que obtienen beneficios por el servicio que ofrecen. El caso de Blablacar es distinto, ya que se trata de una plataforma para particulares que buscan compartir el coste de un viaje, los precios están limitados y en ningún caso implican una retribución, por lo tanto no existe ánimo de lucro. La plataforma no obtiene beneficios y el particular tampoco.
Así que, que no cunda el pánico, la ridícula escena en la que te ves explicando a un policía quiénes son los ocupantes de tu coche y qué hacen allí, por el momento, no va a producirse. Compartir coche sigue siendo tan deseable como legal.